Aula de Ciencias Sociales
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 20.
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
CONTRA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEMORIA HISTÓRICA
En un Estado autoritario se considera lícito alterar la verdad, reescribir retrospectivamente la Historia, distorsionar las noticias, suprimir las verdaderas, agregar falsas: la propaganda sustituye a la información.
Primo Levi, Si esto es un hombre
Para celebrar los 50 años de una "España en libertad" se podría hacer en 2026, 2027 o 2028, pero no en 2025. Lo que interesa no es celebrar la democracia, sino mantener "vivo" a Franco. Es un ejemplo claro de la manipulación de la Historia con interés político y partidista.
La cronología es importante:
Franco murió el 20 de noviembre de 1975.
La Ley para la Reforma Política se aprobó por las Cortes el 18 de noviembre de 1976.
Las primeras elecciones democráticas se celebraron el 15 de junio de 1977.
La Constitución Española se aprobó el 6 de diciembre de 1978.
Todas las pinturas de José Antonio Palomo